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Convención Contra la Tortura

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Abogados Especializados En Inmigración Del Área De La Bahía De San Francisco Para La Convención Contra La Tortura Y El Asilo.

¿Sabía usted que incluso si se le deniega el asilo, e incluso si la retención de la expulsión no es una opción, todavía podría ser elegible para prmanecer en los Estados Unidos en virtud de la convención contra la tortura?

La ley internacional (la Convención contra la Tortura de EE.UU.) se promulgó y es la ley internacional más importante sobre el tema de la tortura. Una de sus disposiciones centrales es que un gobierno no puede deportar a una persona a un país si es más probable que esa persona sea "torturada"

¿Pero qué es la "tortura" bajo la ley de Estados Unidos?

La normativa define la tortura de la siguiente manera:

Se define la tortura como todo acto por el cual se inflige intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o intimidar o coaccionar a él o a un tercero, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, acting a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia.

Véase 8 C.F.R.§ 208.18 Implementación de la Convención contra la Tortura, (el subrayado es mío).

Sobre la base de esta definición, se han dividido los elementos de una reclamación de la Convención contra la Tortura en los siguientes elementos:

Elementos De La Convención Contra La Tortura:

  1. Dolor o sufrimiento grave
    1. Físico o mental
  2. Infligido intencionadamente
  3. Con un propósito específico:
    1. Para obtener información o una confesión
    2. Para castigar
    3. Para intimidar o coaccionar
    4. Para discriminardiscriminate
  4. Por un actor del Estado
    1. “A instigación o con el consentimiento o aquiescencia de un funcionario público o de otra persona que actúe con carácter oficial.”

Por favor, vea mi vídeo aquí en el que explico esto con más detalle

Para conseguir la ayuda de la Convención contra la Tortura, tiene que presentar un formulario I-589 (solicitud de asilo, retención de expulsión y ayuda de la Convención contra la Tortura), y tiene que argumentar ante el gobierno que es "lo más probable" que sufra tortura si es deportado o expulsado a su país de origen. Dependiendo de la fase del proceso en la que se encuentre, es probable que tenga que argumentar esto ante un juez de inmigración, a veces incluso mientras está detenido.

El amparo de la Convención contra la Tortura puede estar disponible incluso cuando el asilo y la retención de expulsión no lo están. Por ejemplo, si no puede demostrar que va a ser perseguido por su opinión política o por uno de los otros motivos protegidos para el asilo, pero si puede demostrar que el nivel de daño será equivalente a la tortura tal como se define anteriormente, todavía puede ganar su caso. 

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En Landerholm Immigration, A.P.C., estamos dedicados a ayudarlo a alcanzar sus sueños. Nuestro equipo entiende que los asuntos de inmigración pueden ser muy estresantes. De hecho, muchos de nuestros empleados son inmigrantes y tienen experiencia de primera mano con el proceso de inmigración de los Estados Unidos.

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    ¿Qué Ocurre Cuando Ganas La Convención Contra La Tortura?

    Básicamente, se sigue ordenando la deportación en el papel, pero se indica que la orden está "sujeta a" una concesión de amparo de la Convención contra la Tortura, por lo que no se puede ejecutar (a menos que desaparezca tu miedo a la tortura, por ejemplo, si las condiciones del país mejoran en tu país de origen). Por lo tanto, si gana la Convención contra la Tortura, no podrá obtener la tarjeta de residencia, ni viajar, ni solicitar a sus familiares. Sin embargo, se le permite permanecer en Estados Unidos y obtener un permiso de trabajo renovable.

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    Los casos relacionados con la Convención contra la Tortura son serios, y no se recomienda hacerlos por su cuenta. Por favor, busque un abogado experto en inmigración para darle las mejores oportunidades posibles. No dude en contactar o llamar a nuestra oficina al (844) 684-0998 para averiguar cómo nuestro equipo puede ayudar.

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    Landerholm Immigration, A.P.C. orgullosamente atiende a clientes en el Área de la Bahía y más allá que tienen preguntas de inmigración o enfrentan dificultades en la corte.

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